La siguiente información puede ser encontrada en este link de Secretería de Economía
Servicio Nacional de Información
de Comercio Exterior
SNICE
www.snice.gob.mx
@SNICEmx
snice@economia.gob.mx
Preguntas Frecuentes
Aspectos Generales
Si mi mercancía está sujeta al cumplimiento de alguna de las normas oficiales
mexicanas de información comercial listadas en el numeral 3 del Anexo de NOMs
¿se puede presentar algún oficio o escrito para poder seguir importando sin
acreditar la norma correspondiente ante la autoridad aduanera?
A partir del 1 de octubre de 2020 no se exceptuará el cumplimiento con NOMs de
información comercial a través de cartas presentadas.
En caso de tener conocimiento de que el Anexo de NOMs regula mercancías que no se
encuentran contempladas dentro del campo de aplicación de una NOM, se deberá
enviar el caso particular al correo: snice@economia.gob.mx
¿Cómo debo declarar los identificadores en el pedimento para importar bajo los
supuestos de la fracción X del numeral 10 del Anexo de NOMs?
En el pedimento únicamente se deberán declarar las claves de pedimento
correspondiente a los regímenes aduaneros a los cuales se destinará la mercancía objeto
de la importación, de conformidad con el Anexo 22 de las Reglas Generales de Comercio
Exterior del SAT.
Si mi mercancía no se encuentra dentro del campo de aplicación de la NOM, ¿es
necesario obtener una resolución al amparo del numeral 5TER?
No es necesario obtener la resolución a que se refiere el numeral 5 TER, siempre y cuando
la mercancía se ubique en los supuestos descritos en la tabla 1 siguiente:
Para lo cual, deberán declarar en el pedimento, la clave de identificación
correspondiente de conformidad con el apéndice 8 del Anexo 22 de las Reglas Generales
de Comercio Exterior del SAT.
Supuestos Clave de Identificador Complemento
1. No le aplica, está
exceptuada o no cae
dentro del campo de
aplicación en términos
de la propia NOM.
EN
ENOM
2. No se ubica dentro de
la acotación
“únicamente” de las
U
fracciones arancelarias
listadas.
3. Se contempla dentro
de la acotación
“excepto” de las
fracciones arancelarias
E
Etiquetado en territorio nacional
¿Dónde puedo consultar las Unidades de Verificación acreditadas para cada NOM de
información comercial?
Los podrás consultar en el Micrositio “NOMs de Etiquetado” dentro del Portal del SNICE.
https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/etiquetado.normas.2020.html
Una vez enviado el layout por parte de la Unidad de Verificación, ¿en cuánto tiempo
se ve reflejado en el Sistema Automatizado Aduanero Integral del SAT?
Podrás llevar a cabo la firma del pedimento correspondiente al día hábil siguiente de
efectuada la transmisión por parte de la Unidad de Verificación Acreditada.
Podrás consultar diariamente los listados de solicitudes enviadas al SAT en el Micrositio
“NOMs de Etiquetado” dentro del Portal del SNICE.
https://www.snice.gob.mx/cs/avi/snice/etiquetado.normas.2020.html
Nota: En caso de que no se vea reflejado en el Portal el número de solicitud de servicios
correspondiente a tu importación, deberás comunicarte a la UVA toda vez que debe
tratarse de un error en el llenado del layout.
Es importante que te asegures de que el número de solicitud de servicios coincida
con el número declarado en el pedimento, a fin de que el sistema no marque ningún
error.
¿La solicitud de servicios podrá ser utilizada en diversas ocasiones hasta por el
monto señalado en la misma?
No, la solicitud de servicios se podrá utilizar por una sola ocasión (por operación).
Asimismo, deberás asegurarte que la cantidad de productos a importar no exceda de las
señaladas en la solicitud correspondiente.
¿Qué pasa si ya cuento con una solicitud de servicios, sin embargo, aún no llevo a
cabo la validación del pedimento?
Debes acudir a la Unidad de Verificación Acreditada a proporcionarle la información de
los productos a importar, a fin de que las mismas cuenten con la misma y la puedan
transmitir a la Secretaría de Economía.
Es importante que tengas presente que, a partir del 1 de octubre de 2020, la información
contenida en la solicitud de servicios, así como la declarada en el pedimento
correspondiente deberá coincidir a la transmitida y validada por la Unidad de
Verificación Acreditada, de lo contrario, no podrás llevar a cabo tus importaciones.
¿Qué pasa si la Unidad de Verificación no cuenta con disponibilidad para llevar a
cabo la verificación correspondiente dentro del plazo permitido?
Dadas las modificaciones al Anexo de NOMs, es posible que las Unidades de Verificación
presenten una mayor carga de trabajo. Te sugerimos prever tus operaciones, a fin de
asegurar tu visita, de no ser posible, deberás optar por el etiquetado de origen.